Estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena). Los trabajadores en Régimen Especial de Autónomos no se pueden acoger a la bonificación.
Estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena). Los trabajadores en Régimen Especial de Autónomos no se pueden acoger a la bonificación.